lunes, 23 de noviembre de 2009

aborto

Aborto, despenalización del homicidio
Gabriel García Colorado
Una de las más graves situaciones que hemos vivido en los últimos 2 años en contra de la vida humana, es que la mayoría de los diputados miembros de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, sin una consulta al pleno de la sociedad han permitido la destrucción de embriones, al haber aprobado la despenalización del homicidio, sin ver las lamentables consecuencias de esta acción enmarcada en la cultura de la muerte. Y si hablo de la consulta a la sociedad, es porque el debate en torno al aborto, que en este caso eufemísticamente han denominado interrupción del embarazo, debió haber sido discutido por toda la sociedad, ya que esta
acción implica aspectos éticos, científicos, humanísticos, psicológicos y médicos.
No es un problema ni particular de nuestro país, ni reciente, ya que al menos desde el siglo IV antes de la era cristiana, en el primer código ético de la historia, el Juramento Hipocrático, ya encontramos una referencia de gran importancia al respecto, por la cual el médico se comprometía a no dar ninguna droga para provocar el aborto a sus pacientes, asimismo en la mayoría de las religiones se encuentra esta prohibición, en el caso de las de la tradición judeocristiana aparece en el Antiguo Testamento la más lejana referencia a la prohibición del
aborto y por supuesto con el advenimiento del cristianismo como doctrina y filosofía se refuerza la convicción
del respeto absoluto a la vida, lo que repercutirá culturalmente en todo el mundo, no tan sólo en el occidente del planeta.
Sin embargo, es preciso mencionar que en la actualidad la cuestión en torno a la interrupción del embarazo a través de una acción intencional ofrece un diferente y más complicado escenario, en el que no solamente se confrontan las más diversas teorías, intereses económicos, principios y valores o “carencia” de estos, filosofías, religiones y argumentos técnicos, científicos y éticos, sino los “dogmas” de la ciencia que niegan la vida del embrión humano hasta que éste tenga un desarrollo del sistema nervioso o hasta que sea viable fuera del útero, creencia de algunos científicos que presentan este débil argumento, ante el respeto que merece toda la vida independientemente del momento en que se esté, lo que ellos consideran como “dogmas de la fe”, lo que nos ha llevado hoy, no tan sólo a desacuerdos, sino a conflictos crecientes entre las diversas posturas, ya que además quien se arropa el derecho a quitar la vida de un embrión, se opone también a la búsqueda de consensos, ideal de las sociedades democráticas, sobre todo tratándose del respeto irrestricto de la vida desde su inicio hasta su fin biológico.
Por supuesto para establecer un marco racional y coherente en torno al tema del aborto y su abordaje multidisciplinario y multicultural, es preciso establecer en primer lugar que no se puede negar la vida del embrión en razones de su viabilidad, del desarrollo del sistema nervioso, de su edad gestacional y tampoco partir de una falacia tan grave e irresponsable como la recientemente esgrimida por algunos grupos de que el embrión es “parte de la madre”. Por lo anterior es que en el desarrollo de esta propuesta no caeremos en la tentación maniqueista y manipuladora de aceptar que de alguna manera se enfrentan los derechos de la madre y los del concebido aun no nacido, como si en efecto en la realidad tal evento fuera posible o siquiera imaginable.
Estamos concientes de las dificultades que en muchas ocasiones influyen en la grave decisión de la mujer para pensar y recurrir a la suspensión de su embarazo, sobre todo en una sociedad como la nuestra donde no se les han otorgado todos sus derechos, se les han conculcado libertades y se les da un trato indigno y denigrante, sin embargo la autorización del aborto no solamente no corrige estas ofensas sistemáticas a la mujer, sino que se acrecientan en la medida que tal parece que la única forma de redención personal a la pobreza y a la intolerancia machista, es quitar la vida a un hijo que afecta su “proyecto de vida” cuando quizás ni siquiera se tenga establecido tal proyecto, es por esto que en el marco del análisis social, científico, ético y filosófico, denunciamos las posturas y propuestas carentes de fundamentos que “cosifican” y utilizan a la mujer y permiten la despenalización del homicidio de un ser humano en etapa embrionaria, esgrimiendo cualesquiera argumentos.
Nos sumamos a la idea que la legislación en torno a la mujer y al embarazo debe ser modificada, pero no para empeorar la condición femenina, sino para dotarlas de derechos, facilitarles el acceso a la educación, al trabajo, a la libertad en todo tipo, incluyendo la educación para el ejercicio de su sexualidad, de su vida afectiva y de la decisión del número y espaciamiento de sus hijos.
Los miembros de la sociedad, hemos sido mudos testigos de un debate falso y cargado de intereses entre los diputados de la Asamblea, que en todo el tiempo tuvo tintes partidistas y electorales, además de la obvia miopía ética de los diputados, que ha dado como resultado la publicación de una ley que despenaliza el homicidio de los embriones al amparo de normas emanadas de los que con pena podemos señalar como discípulos de Mengele, así es que por culpa de ellos somos presos como sociedad de leyes injustas y mal elaboradas que no reconocen la dignidad de la persona, que no contemplaron las creencias, convicciones, filosofías y religiones de los ciudadanos y que legitiman y provocan, no el debate, sino la lucha social y los intereses facciosos, por lo cual no podemos permanecer impasibles ante estos hechos, ni ante los intereses ilegítimos de algunos grupos que han apoyado el aborto, con el objeto de beneficiarse de la comercialización de embriones, política que se opone al bien común ya que afecta precisamente a los que son más vulnerables en la sociedad.
La historia de aquellas sociedades y gobiernos totalitarios que han dejado al lado los valores y han permitido políticas en contra de los derechos humanos, nos muestra con gran claridad que toda política pública que favorece o permite la exterminación o el asesinato ya sea de embriones, de ancianos, de discapacitados o de enfermos terminales, así como la violación de sus derechos, suman discriminación e intolerancia, y que esto necesariamente conducirá en poco tiempo a más graves situaciones, la historia también nos enseña que detrás de todas estas políticas se encuentran ocultas las verdaderas intencionalidades e intereses de los grupos de poder, esto ha sido demostrado en diversas sociedades a lo largo y ancho del orbe, y en todos casos los responsables, políticos y legisladores han aducido incluso “fines bondadosos y morales”, pero además de falso, se ve en realidad que desconocen no sólo los valores de la ciencia, sino el significado e importancia del conocimiento científico en torno a las células madre, blastocisto, ovocito, clonación y otros. Tales fueron los casos dramáticos que el mundo ha vivido por la llamada muerte graciosa en la Alemania nazi, las políticas eugenésicas en Alemania, China y los Estados Unidos, las limpiezas étnicas y raciales, la eutanasia por motivos de dolores incoercibles, así la libertad de investigación que Hitler concedió a sus científicos, por mencionar sólo unos cuantos casos.
A la luz de los conocimientos científicos actuales podemos afirmar la unicidad e irrepetibilidad de todo ser humano, desde el momento mismo de la concepción, que se da en la unión del óvulo y el espermatozoide, cada una de estas células germinales aporta 23 cromosomas, 20,000 genes y 1600 millones de pares de cistina guanina, adenina y cistina, es decir, el 50% del contenido genético del ácido desorribonucleico que integra el genoma humano desde su etapa de embrión, hasta su muerte y el cual por cierto es inalterable.
Con la información contenida desde la primera célula embrionaria se haya la información biológica que le da su carácter humano, es un error pretender negar el carácter humano del embrión, con argumentos seudocientíficos como el de que no se puede precisar el inicio de la vida, o utilizar eufemismos o mentiras tales como el denominarlo pre embrión a alguna fase del desarrollo o incluso denominar blastocisto al embrión, si éste no ha llegado a implantarse en el útero, ya que el desarrollo y crecimiento del embrión no tiene saltos cualitativos, ni modificaciones genómicas, incluso cuando éste llegue a edad adulta.
Es preciso establecer el valor de la vida humana, por si, sin hacer distinciones por cualidades o calidades
genéticas, condiciones de salud y mucho menos justificar el aborto por razones de peligro de vida de la madre,
ya que la eventual decisión de elegir entre alguna vida, no se daría en ningún caso por considerar una vida más valiosa que la otra y mucho menos negando los derechos del embrión.
La falsa premisa de permitir la destrucción de embriones por el hecho de ser producto de un embarazo no deseado, podría ser entendido y aceptado como un atenuante del procedimiento, sólo en aquellas mujeres que por motivos de ignorancia, ni siquiera conocieran los procedimientos y recursos de control de la fertilidad, los cuales en nuestro medio se encuentran siempre disponibles y gratuitos en todo el sistema nacional de salud. No podemos negar como miembros de esta sociedad que una buena educación sexual, debe incluir como opción natural la abstinencia, ya que de otra manera la negligencia personal, no puede justificar la destrucción de embriones, el despilfarro de recursos financieros y sanitarios que se puede imputar a un número de mujeres quienes actúan en su vida sexual irresponsablemente.
Debemos enfrentar y vencer aquellos escollos que atentan contra la dignidad de la mujer, por lo que es preciso recordar que en nuestro contexto las mujeres pobres e indígenas tienen menos escolaridad que los hombres en las mismas condiciones, que ellas son manipuladas e intrumentalizadas, prácticas que vulneran sus derechos, que la educación sexual no esta debidamente contemplada en los programas de estudio y lo que hoy propone la propia Secretaría de Educación en materia de educación sexual es, no tan sólo pobre en contenidos e insatisfactorio por carecer de valores éticos, sino que además atenta contra los derechos de los padres. A lo que hay que sumar, aunque parezca otro tema; maestros sin vocación, desinformados y en zonas en las que al parecer se vive una perenne huelga de labores y eternas luchas sindicales, situación que afecta en mayor importancia al sexo femenino. Debemos asumir que existe una asignatura pendiente del estado mexicano con las mujeres, responsabilidad que debemos tratar de resolver todos, ya que los legisladores hoy, en su mayoría están dedicados únicamente o al descanso, a la confrontación política y a la búsqueda de votos.
La responsabilidad social de todos, especialmente de los que nos hemos beneficiado de la llamada “hipoteca social” que hoy sólo pagan los más pobres y desprotegidos, es hacer nuestros los más importantes valores y propiciar una “cultura de la vida”, que incluya el respeto a la vida y dignidad de todos, especialmente de los más vulnerables en todo sentido; embriones, ancianos, mujeres, discapacitados y pacientes terminales, para los cuales con motivos aparentemente buenos y solidarios algunos piden su exterminio, a través de leyes como la despenalización de la destrucción de embriones, la eutanasia, el derecho a la muerte del paciente terminal, la clonación terapéutica. Prácticas todas que nos acercan a la historia de la peor barbarie de la humanidad y a la destrucción y confrontación del tejido social.
Es preciso comprender que además en las políticas de destrucción de embriones y despenalización de su homicidio, existen razones políticas eugenésicas, las cuales tratándose del nacimiento de mujeres ha llevado a que hoy “falten” en el mundo alrededor de 100 millones de mujeres, y recordar que las leyes eugenésicas en todo el mundo han conducido a la esterilización y muerte de débiles mentales, discapacitados, grupos étnicos minoritarios, ancianos y hoy como ejemplo, los países que han permitido la eutanasia, han tenido que aceptar que un buen número de estos procedimientos tienen un directo beneficiario, asimismo el aborto como derecho de la mujer conduce en el mundo entero a la cosificación de ésta, en lugar de apoyarle en sus legítimas demandas y derechos, la violación a los derechos de los ancianos no sólo se traduce en eutanasia o suicidio asistido, sino a privarles de sus pensiones, de una vida digna y de atención en los servicios de salud.
La perversa idea del fin bueno es la corrupción social de los valores vinculados a la vida y a los derechos humanos, sostener que se actúa en virtud del mal menor es cobarde e irresponsable, sobre todo cuando se encuentran en el debate vidas humanas.
Los patrones culturales dominantes han dejado de estar orientados por los valores judeocristianos y las doctrinas filosóficas griegas y la jurídica romana, en su lugar se pone en relieve los enunciados del neopositvismo y un concepto hedonista, utilitarista y materialista de la vida, por lo cual las ciencias, sus tecnologías y el valor de la persona ligado a sus posesiones, es lo más importante. Sin embargo los excesos de quienes detentan este poder convertido en dogma ha provocado que, amplios sectores de la sociedad empiecen a hacer una reflexión ética y ontológica la cual nos ha conducido a un amplio debate social sobre lo aceptable y lo no aceptable de los usos de la ciencia y sus tecnologías.
Los trabajadores de la salud y científicos que hace algunos años se apartaron de sus códigos deontológicos y se prestaron a las expectativas e intereses de estados totalitarios y de los poderes fácticos, han cooperado así en el exterminio y asesinato de millones de personas, por motivos de religión, raza, sexo, orientación sexual, edad, condiciones de salud e incluso por nacionalidad, así se ha visto en diversos tiempos y sociedades el asesinato de judíos, católicos, negros, indios, mujeres, embriones, ancianos y muchos grupos más y en todos los casos señalados, las razones esgrimidas pretendían tener supuestamente motivos buenos y piadosos, tal como señala el refrán popular “el camino al infierno está empedrado de buenas intenciones”.
Pío XII, advirtió desde el inicio de la década de los treintas, el peligro que eran las tesis de Hitler, él mismo denunció la barbarie de los aliados en la ocupación de Berlín, advirtió y condenó sobre los excesos cometidos por Stalin en la desaparecida Unión Soviética y propició la creación de una moderna ética de la biología y la medicina, él es considerado por muchos intelectuales y filósofos como el referente obligado a la nueva ética médica y a la recuperación de valores emanados desde las convicciones religiosas, no sólo la católica, lo que originó la concepción laicista de la bioética, concepto que la desinformación y mala intención de algunos quieren traducir como la ausencia de creencias y religiones.
La tesis de que a la ciencia no se le debe acotar, que no se le debe poner freno ya que el progreso no puede detenerse y que quien trata de parar sus excesos es torpe y conservador, mientras declaran con bárbara tranquilidad que el embrión no es un ser humano, que es un simple acúmulo de células hasta que tengan sistema nervioso, con la seguridad que aporta la insensatez, cuestionan la defensa de la vida en etapa embrionaria y esgrimen posibilidades a la cura de muchas enfermedades, pero no aclaran que eventualmente sería con las células obtenidas con el asesinato de embriones.
Los que defienden la libertad de investigación no defienden los derechos del embrión humano, los que cuidan que en la investigación no se maltraten animales, piden la destrucción de embriones, los que acusan de oscurantismo y retrógradas a quienes defienden la vida, lo hacen basados en los intereses económicos de la ciencia y la industria, aceptan que los modernos “cobayos” sean nuestros propios hijos, quienes aspiran al progreso interminable de la ciencia, no ven que el futuro es un mundo similar al de Huxley, donde no solamente habrá un “shopping” eugenésico, sino la más terrible instrumentalización de la vida.
El holocausto de los embriones humanos, se funda en los éxitos de la tecnología y los intereses de los científicos, que se arrogan el derecho a hacer cualquier cosa, sobre todo si en esto van honores y reconocimientos. -A volar los valores de los otros-, necios, torpes e ignorantes, si con esto obtengo fama y fortuna, es el grito de quienes pretenden poseer la verdad única y a ellos les apoyan políticos que quieren perpetuarse en el poder, permitiendo que los hijos de los miembros de la sociedad que les ha dado su voto, sean aniquilados antes de nacer, lo que implica además el desprecio a la familia y a las instituciones, obviamente amparados en muchas ocasiones en la complacencia de los medios de comunicación. Hemos enunciado y sostenido que los excesos de la ciencia, la política y los medios de comunicación han despertado una sociedad que nos parecía estaba patéticamente somnolienta, al fin nos dimos cuenta que no podemos dar poderes ilimitados a los científicos, o a los legisladores, que actúan en fundamento a sus personales intereses, que no respetan las creencias y convicciones de quienes pagan sus salarios y los eligieron como representantes. Por todo esto es que no solamente aplaudimos la iniciativa social por la cual se han establecido los Derechos Humanos del Concebido, sino que hemos colaborado en este proyecto desde que fue iniciado. Asimismo propusimos la figura jurídica de la “objeción de conciencia” que es hoy en día sinónimo de tolerancia y democracia, esta figura aparece como el resultado de la confrontación entre las obligaciones que impone una norma o ley considerada, con el derecho individual a disentir de ella, las razones esgrimidas por la persona para no acatar una ley pueden ser de diversa índole con motivo de creencias, ideología, filosofía o religión, este se ha convertido en un derecho personal sustentado en la autonomía individual, por la cual no existe la obligación del ciudadano a actuar en contra de sus convicciones o conciencia, así pues ésta puede ser definida, como la negación de una persona a observar una conducta ordenada por la ley, alegando para ello motivos superiores personalísimos de principios, valores y convicciones. Las primeras objeciones de conciencia las observamos a lo largo de la historia de la humanidad, una de las más representativas fue la del filósofo Sócrates quien ante la posibilidad de salvar la vida, ya fuera huyendo o actuando contra su convicción intelectual accedió voluntariamente a su muerte y bebió la cicuta que se le había entregado , asimismo la vemos en el relato de los hermanos Macabeos en el antiguo testamento, quienes prefieren morir antes que renunciar a sus creencias religiosas o renegar de su fe, o la decisión asumida por Cristo, que es morir en la cruz antes que aceptar la posibilidad de vida que le diera Pilatos, ya que ésta implicaba negar su propia esencia, sin embargo cabe señalar que todos los casos anteriores no dieron origen a que la objeción fuera aceptada por los gobiernos.
Las primeras objeciones de conciencia modernas aparecieron a finales del siglo XVIII, cuando ante los
ordenamientos jurídicos que obligaban al servicio de las armas, los jóvenes afectados o interesados, adujeron
convicciones pacifistas y de respeto a la vida humana negándose a cualquier forma de colaboración que apoyara directa o indirectamente un conflicto bélico y por ende el asesinato.
A esta primera objeción de conciencia, que fue por cierto rápidamente aceptada por los Estados nacio
nales en Europa, se sumaron en los siguientes años nuevas figuras de objeción, sobre todo en aquellos casos en
los que el objetor consideraba que existía una violación a sus derechos humanos, dándose prioridad a la persona
humana antes que a la sociedad y al Estado, los países democráticos donde se adoptó y aceptó esta figura como recurso público, justificaron las objeciones de conciencia, ya que a nadie se le puede obligar a actuar contra sus principios, creencias y convicciones filosóficas.
Cabe señalar que cuando hablamos de objeción de conciencia, estamos considerando la palabra conciencia, en su acepción moral y ética, no en la genérica de conocer nuestros actos, se trata pues del juicio sobre la rectitud y la moralidad de nuestras acciones.
En los estados democráticos modernos, el rechazo a una ley injusta, o al menos considerada así por el ciudadano, se acepta como un proceso expansivo en situaciones cada vez más amplias, por lo que no es de extrañar que en la actualidad en la mayoría de los países se contempla el derecho a la objeción de conciencia y se consagra en las constituciones o en leyes secundarias, tal es el caso de esta figura en Portugal, Chipre, Irlanda, Suecia, España, Holanda, Bélgica, Italia, Noruega, Francia, Alemania, Colombia, Argentina, Chile y muchos países más y más recientemente en México, específicamente en el código penal del Distrito Federal.
En el caso específico de las actividades sanitarias, la confrontación entre lo que señala una ley y su obligación de cumplirla, ha dado origen a nuevas objeciones de conciencia para los trabajadores de la salud, tales son los casos de la objeción de conciencia a la interrupción del embarazo en aquellos países en que han despenalizado las prácticas abortivas, se ha aceptado también el derecho a la objeción de conciencia en otros ámbitos y además se protege al objetor en su ámbito laboral y se evita la discriminación del objetor, en el mismo sentido en los países donde esta a la venta la píldora del día siguiente, algunos farmacéuticos han decidido no venderla en sus establecimientos sin que por esto se les imponga ninguna sanción, existe la objeción de los trabajadores de salud, a la participación en el homicidio por razones piadosas en la práctica de la eutanasia, en los países donde se respeta a los objetores la objeción se suma a la no participación en cirugías mutilatorias, como la emasculación o el indebidamente llamado cambio de sexo.
Las libertades de religión y culto en el marco de las leyes mexicanas, se encuentran en las reformas constitucionales de 1992 y en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, sin embargo, existe un rezago en materia de la aceptación de la figura de la objeción de conciencia, quizá como una rémora de la tradición anti democrática vivida por más de 70 años en todo el país y que hasta muy recientemente como ya hemos señalado está contemplada en el código penal del Distrito Federal.
La situación enunciada debe ser corregida, de tal manera que los usuarios de los servicios de salud y los trabajadores del mismo, puedan oponerse a la realización o utilización de ciertos procedimientos, tratamientos y tecnologías que le son contrarias a sus creencias filosóficas, políticas, religiosas o ideológicas y por tanto se debe incluir en la Ley General de Salud, lo que lamentablemente ha sido bloqueado por el titular de la Secretaría de Salud.
En ese sentido la obligación de los legisladores es dotar del recurso legal para las libertades de pensamiento, de conciencia y de religión, asegurando que éstas queden en el catálogo de los derechos humanos, patrimonio jurídico básico de la persona humana y que todo estado que se considere democrático esta obligado a tutelar.
La declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o en las convicciones sustentado por la Organización de las Naciones Unidas en el año 1981, a la cual se le ha adherido nuestro país, nos obligan a aceptar los derechos a la objeción, de tal suerte que cada ciudadano mexicano, tenga protegidos sus garantías y tenga certidumbre legal ante cualquier forma de ataque o denostación por el hecho de sus creencias y convicciones, además de que como país no podemos darle la espalda al desarrollo mundial en derechos humanos.
La objeción de conciencia en el caso de los trabajadores de salud se ha convertido en objeto de debate, es lógico que en la medida que crece el pluralismo ético de nuestra sociedad, crezca el número de episodios que dan lugar a las objeciones de conciencia, es decir, se produzcan situaciones de conflicto entre lo que prescriben las leyes, ordenan los funcionarios sanitarios, desean los pacientes y lo que el médico puede hacer en conciencia.
El objetor en razón de sus convicciones personales se puede negar a intervenir en procesos contrarios a sus creencias y como signo de madurez cívica y de progreso político, el Estado debe aceptar el gesto de la objeción, sin tomar represalias o ejercer presiones o discriminaciones. La tolerancia a la genuina objeción de conciencia es algo connatural a la sociedad contemporánea, en la que el pluralismo ético es aceptado como una realidad privilegiada.
La objeción de conciencia es también un bien jurídico básico, reconocido por la ley porque manifiesta y significa el respeto a la identidad ética de las personas, su ejercicio debe ser de aplicación directa, en cuanto se
trata de uno de los derechos fundamentales. Las objeciones de conciencia, deben ser apoyadas por las asociaciones y sociedades médicas, en instituciones públicas o privadas y la sociedad debe intervenir para hacer valer el derecho de la praxis profesional
en un correcto cauce ético, comprendiendo que el mayor beneficiario al respeto de los derechos humanos, en
este caso, el de la objeción de conciencia, es el ciudadano y en el ámbito sanitario, el usuario de los servicios de salud. La mera idea de negar este derecho a los ciudadanos y a los trabajadores es un error lamentable y una ceguera ética y social, ante los avances y evolución de la democracia en todo el mundo La tolerancia consiste en el respeto, la aceptación y el aprecio de la rica diversidad de las culturas de nuestro país, de nuestras formas de expresión y modos de ser. La fomenta; el conocimiento, la actitud de apertura, la comunicación y la libertad de pensamiento de conciencia y de religión. La tolerancia consiste entonces, en la vida en armonía en la diferencia. No sólo es un deber ético o moral, sino además una exigencia política y jurídica. La tolerancia es la virtud que hace posible la paz y que más contribuye a sustituir la cultura de guerra, por la cultura de paz. Existe una ola de cambios, que tienen un fuerte arraigo en las sociedades contemporáneas que, como signo de
madurez cívica y progreso político, han aceptado la figura de objeción de conciencia, inscrita dentro del derecho
a las libertades de pensamiento, de conciencia y de creencia, atendiendo a los principios de tolerancia, libertad ideológica y de no discriminación. La objeción de conciencia, surgió en la era contemporánea en España, lo cual seguramente, no fue motivo de la casualidad y sí de una cultura que conciente de su pluralidad fomentó la tolerancia, lo cual resultó en una actitud de respeto a la otredad, y ésta posteriormente, se tradujo en exaltar la libertad de cultos, la libertad de imprenta, a la propiedad intelectual, etc. Estas actitudes evolucionaron al reconocimiento de una libertad de conciencia individual, fundada en los derechos humanos y en la autonomía de la persona humana. La aceptación y respeto a la conciencia individual, es algo inherente a la sociedad democrática donde se ha aceptado como regla, el pluralismo ético, en el cual se consagran el derecho a la libertad de pensamiento, a la libertad de conciencia, la libertad de educación y cultura, la libertad de culto, la libertad de expresión y la libertad de defensa ante la injusticia. Las sociedades modernas aceptan el gesto de la discrepancia pacífica, sin tomar represalias o ejercer discriminaciones contra quien, de forma justificada, ejerce su derecho de libertad de pensamiento. La tolerancia a la genuina objeción por razones de conciencia es algo connatural a la sociedad posmoderna, en la que el pluralismo ético es aceptado como una realidad privilegiada. El abstenerse del cumplimiento de ciertas disposiciones aludiendo motivos de conciencia en una sociedad contemporánea y democrática, responde a la aplicación concreta del derecho a la libertad de conciencia, de pensamiento y de creencias. Ante ello, la conducta de la persona que se niega a cumplir una norma jurídica, debe considerarse legítima y debe ser liberada del ordenamiento jurídico, y qué mejor que la propia ley establezca las hipótesis donde no se transgreda el marco jurídico ni se vean afectados los intereses de otras personas. El reto en este campo es dar cabida, en esta sociedad plural, democrática, tolerante, incluyente y respetuosa, a las distintas formas de pensar, no sólo en el discurso, en la retórica, y en la convivencia social, sino también en el ejercicio de sus derechos.
Paulette Dieterlen: “La objeción de conciencia....: no persigue la modificación de una ley o una determinada
política, sino tan solo el no cumplimiento de una obligación por el objetor; es un acto individual, no un llamado para cambiar la opinión pública; la objeción de conciencia puede ser reconocida jurídicamente; es decir, es posible reconocer a los individuos el derecho de no cumplir con una determinada obligación jurídica.”. Octavio Casamadrid: “La objeción de conciencia, por ende y en tanto institución asimilable al derecho mexicano, sólo puede tener por objeto revisar, secundum legem, la virtual inequidad de algún acto jurídico concreto, trátese de evitar la virtual injusticia de una disposición general en el caso concreto, mas no derogar por actos de los particulares la ley, o bien encontrar un subterfugio para sustraerse a la legalidad”. José Luis Soberanes: “No es fácil admitir la objeción de conciencia..... se requiere una mente abierta, un espíritu generoso, una especial sensibilidad hacia los derechos humanos, a la vez que una estricta formación jurídica y conocimiento de la realidad social y de la historia nacional....” En nuestro país contamos con antecedentes en esta materia, especialmente en el área de la educación, en donde
diversos juicios de amparo beneficiaron a ciudadanos que objetaron disposiciones legales, como ha sido el caso
de los menonitas en Chihuahua y los Testigos de Jehová. En el terreno de la salud, en el cual se requiere un amplio conocimiento del ser humano, no tan sólo en los aspectos biológico y orgánico, sino en lo psicológico y social, aparecen situaciones que por su contexto resultan objetables a la luz de la conducta profesional. Además debe considerarse que las legislaciones vigentes se elaboraron cuando los problemas relacionados con el avance de las ciencias no tenían aun, confrontación con la ética personal y no se vislumbraban ataques a la dignidad de la persona, en este sentido, hay que tener en cuenta los cambios sustanciales que ha tenido la práctica de las profesiones de salud. En México, los artículos 5 y 24 de la Constitución dan la pauta para ejercer el legítimo derecho a la libertad de profesión y creencias, sin embargo existen vacíos jurídicos que no permiten la aceptación de los objetores de conciencia, por lo que los legisladores deben hacer los cambios necesarios a la brevedad, ya sea en la misma Magna Carta o en las leyes secundarias, para hacer efectivos los anhelos ciudadanos en materia de derechos y garantías, permitiendo las objeciones en materia sanitaria, laboral, educativa, militar o cualquier otra que surja en el futuro inmediato..

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